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En un bote de vela: La nueva Ley de Derechos

diciembre 13, 2024
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En un bote de vela: La nueva Ley de Derechos

“En un bote de vela,
a la mar me tiro,
que me lleve el viento,
muy lejos contigo.
En un bote de vela,
sin ancla y compás,
rumbo no sé dónde,
quiero naufragar.”

Julio Jaramillo.

En un bote de vela: La nueva Ley de Derechos. Recientemente el Ejecutivo Federal dio inicio a la discusión de un paquete de reformas a la Ley Federal de Derechos que incluye entre otras cosas, textualmente: “eliminación de la exención del cobro del derecho relativo a la expedición de la condición de estancia de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas a los pasajeros extranjeros que ingresan al territorio nacional por la vía marítima a bordo de buques de crucero”; es decir, la aplicación de un derecho a los cruceristas.

La exposición de motivos de la reforma argumenta que la afluencia de cruceros se incrementó considerablemente, lo que implica hacer frente a los retos de capacidad portuaria, económica y de regulación migratoria, ante la movilidad de un gran número de personas.

El texto indica que “el desarrollo a gran escala de los viajes turísticos de cruceros se produjo, sobre todo en el continente americano, por la gran demanda de viajes de confort que generaba el mercado de los Estados Unidos de América, siendo éste el principal país con puertos de salida para los cruceros con destino al Caribe, que incluye puertos en México. En este orden, es el Caribe la región más destacada en el mundo, capturando más del 50% de la capacidad global”.

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La reforma indica que, con el objeto de controlar y regular la internación de los cruceristas, el Instituto Nacional de Migración expide un permiso colectivo temporal para que aquellos extranjeros que integran los listados electrónicos de pasajeros de buques de crucero, sean documentados en el primer puerto de arribo, con una vigencia de 21 días naturales, y puedan acreditar su estancia en el territorio nacional durante ese periodo, lo que significa un esfuerzo constante por mejorar la prestación de los servicios migratorios.

Te sugerimos: Pobre México, tan lejos de Dios y tan cerca de Estados Unidos

Esta modificación a la Ley fue aprobada este mes de diciembre de 2024 por el Poder Legislativo, y ha causado opiniones a favor y en contra; sin embargo, antes de dar un veredicto, es preciso dimensionar la importancia de la industria de los cruceros en la economía nacional.

Veamos:

  • Existen 31 puertos marítimos en México que disponen de instalaciones para cruceros internacionales.
  • 9.1 millones de cruceristas se registraron en 2023 (1.7% más respecto del 2019, año en que el turismo de cruceros superó todas las expectativas en la pre-pandemia); es decir, apenas superamos la situación prepandémica.
  • La industria de los cruceros en México duplicó su tamaño, pasando de 4.3 millones a 8.9 millones de cruceristas en el periodo 2014 – 2019; posteriormente, la pandemia lo arruinó todo. La caída fue de más del 80%.
  • En 40 años, la llegada de cruceristas a México creció 6.5 veces, pasando de 1.2 millones en 1985 a 9.1 millones en 2023.
  • En el último año, atracaron 2,743 cruceros en los puertos nacionales.
  • El top 5 de los destinos más populares de los cruceros fueron: 1) Cozumel, Q. Roo; 2) Majahual, Q. Roo; 3) Ensenada, BC; 4) Cabo San Lucas, BCS; 5) Puerto Vallarta, Jal; 6) Mazatlán, Sin; 7) Progreso, Yuc; 8) Huatulco, Oax; 9) Pichilingue, BCS; y 10) Manzanillo, Col. ¿Qué tendrá el bello puerto de Cozumel? Destino que por casi 40 años ha permanecido invicto con el primer lugar nacional en la recepción de cruceristas. Desde 1985 a la actualidad, la recepción de cruceristas en dicho destino se multiplicó 11 veces.
  • 742.3 millones de dólares fue la derrama económica de los cruceristas al cierre de 2023, cifra récord desde que se lleva registro de dicho ingreso; sin embargo, esta cifra es menor si se considera dentro de los componentes de la balanza de pagos nacional, lo que refiere a la oportunidad por incrementar la derrama económica de estos visitantes.
  • El gasto medio de los cruceristas, para 2023 se situó en 80.7 dólares, sin un incremento significativo a lo largo de los años. Dato que contrasta con los 681 dólares que gastan los turistas internacionales.

Conforme a las modificaciones de la Ley Federal de Derechos, se esperan recaudar ingresos totales por derechos, aprovechamientos y productos por 374 mil millones de pesos captados por la Federación, de los cuales aproximadamente 7 mil millones de pesos corresponderían al impuesto a los cruceristas, quienes deberán pagar una cuota individual de 860.56 pesos.

La reforma a la Ley indica que el 67% de los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho se destinarán a la SEDENA y al Tren Maya para el pago de la operación, prestación de servicios, administración, explotación, construcción, planeación, adquisición, proyectos o programas, arrendamiento, obra complementaria, equipamiento, instalación, estudio, proyecto e inversión en infraestructura, entre otros; en tanto que el 33% restante se concentrará en la Tesorería de la Federación y no tendrá destino específico.

En este contexto, y de manera personal creo que el impuesto a los cruceristas no tendrá una afectación significativa en la llegada de cruceros al país, presuponiendo que la elasticidad de la demanda hará casi imperceptible el nuevo impuesto.

Si el 67% de la captación de ingresos está etiquetada, sería una gran noticia que el 33% restante pueda ser orientado para potenciar la competitividad de los destinos, impulsando el desarrollo de infraestructura turística sustentable, proyectos comunitarios y de pequeños destinos (como los Pueblos Mágicos) y para promover a México en el mundo.

Es importante dar un objetivo al impuesto a los cruceristas y aprovechar esta bonanza a favor de la política turística nacional, como el viento que favorece al bote de vela, como dice el compositor Julio Jaramillo.

Nos leemos a la próxima.

Por:  Mario Alberto González

X: @SoyMario_Mx

Correo: soymario.mx@gmail.com

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Etiquetas: Ley de derechosMario Alberto González

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