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Claudia Sheinbaum abandonó el área de Protección Civil de su delegación

La delegada nunca puso en marcha el Consejo Delegacional de Protección Civil, como lo establece el Artículo 17 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal

La jefa delegacional de Tlalpan, Claudia Sheinbaum, abandonó el área de Protección Civil de su delegación al incumplir la ley que la obligaba a establecer el Consejo de Protección Civil, el cual nunca puso en marcha. Además mintió al decir que tenía tres meses para revisar el programa interno del colegio Enrique Rébsamen en esa materia, pues la ley sólo establece 30 días.

La delegada nunca puso en marcha el Consejo Delegacional de Protección Civil, como lo establece el Artículo 17 de la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal: “Corresponde a las delegaciones, en materia de protección civil, las siguientes atribuciones: I. Representar, a través de su titular, las acciones del sistema en su demarcación; II. Constituir, presidir y observar el funcionamiento del consejo delegacional”.

Los trabajadores de esa área en la delegación Tlalpan solicitaron una auditoría, pues nunca les entregó recursos para su operación.

“La base alfil (de Protección Civil) está inundada de gente que en la mayoría de los casos fue contratada para pagar favores políticos. En algunos casos contados llegó personal, pero carente de cualquier conocimiento que justifique su contratación; esos fueron los que no supieron cómo actuar el pasado 19 de septiembre, pues ni siquiera se les ha dado un curso de capacitación”, declaró un trabajador que pidió omitir su nombre.

Sobre el derrumbe del colegio Enrique Rébsamen, la jefa delegacional morenista afirmó que la institución educativa tenía tres meses para subsanar las irregularidades presentadas en su Programa Interno de Protección Civil, mientras que la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal estipula en su artículo 90 que “los programas internos deberán ser evaluados, y en su caso aprobados por la delegación, en un plazo no mayor a treinta días naturales; si existieren observaciones, la delegación notificará por escrito al interesado y se dará un plazo de cinco días hábiles para subsanar las deficiencias, conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo. Una vez subsanadas las deficiencias, la delegación deberá, en un plazo de 7 días naturales, emitir la resolución que corresponda”.

 

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