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Clausura Proepa establecimiento de compostaje por no contar con autorización condicionada de la Semadet

Clausura Proepa establecimiento de compostaje por no contar con autorización condicionada de la Semadet

● El sitio elabora compostaje con residuos generados del proceso para la producción de tequila

● Realizó obras de construcción sin contar con la autorización condicionada en materia de impacto ambiental

Clausura Proepa establecimiento de compostaje por no contar con autorización condicionada de la Semadet. Como resultado del procedimiento administrativo a un establecimiento ubicado en el municipio de Sayula, dedicado a elaborar composta con residuos generados del proceso para la elaboración de tequila, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa) impuso una clausura parcial temporal por llevar a cabo obras de construcción, sin contar con la autorización condicionada en materia de impacto ambiental por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet).

La clausura parcial temporal se ejecutó luego de la sanción dictada en la resolución administrativa, por lo que se llevaron a cabo acciones para la clausura parcial temporal, con fundamento en el artículo 144 fracción I de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEEPA), para lo cual se colocaron sellos de clausura en diversas zonas del área intervenida, con la finalidad de impedir mayores impactos ambientales y remediar aquellos generados como resultado de las obras realizadas.

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El objeto de la visita por parte del personal operativo de la Proepa fue para ejecutar la clausura parcial temporal de las obras que fueron construidas sin contar con la autorización condicionada en materia de impacto ambiental, documento indispensable para llevar a cabo este tipo de obras conforme a la legislación vigente en el estado de Jalisco.

Cabe señalar que la medida de seguridad impuesta se deriva del incumplimiento de las medidas correctivas que le fueron dictadas al responsable del proyecto en visita anterior, como parte del proceso para su regularización en materia de impacto ambiental del lugar.

La medida de seguridad impuesta por la Proepa permanecerá hasta que el encargado del proyecto acredite el cumplimiento de las medidas correctivas señaladas y la implementación de acciones de mitigación y compensación, conforme a los impactos ambientales generados a la fecha.

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