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Congreso de Veracruz aprobó la “ley antimemes”, estas serán las sanciones

Esta ley tipificará como delito la difusión de material viral que dañe o perjudique el autoestima y reputación de las personas 

El pleno del congreso de Veracruz, y con el respaldo principal de los diputados del PAN-PRD, Morena y PRI, aprobaron una reforma legal identificada como “acoso cibernético”, la cual para tipifica como delito la difusión de información o imágenes que dañen la reputación o autoestima de las personas.

Esta nueva regulación, conocida como “Ley Antimemes”, podrá castigar con seis meses y hasta dos años de prisión a aquellas personas que compartan a través de un medio digital imágenes, videos o textos, los conocidos memes ya sean reales o montados, donde se dañe la reputación de una persona y le causen malestar psicológico o social.

El Congreso local de Veracruz aprobó con 40 votos a favor el decreto que adiciona al Código Penal del estado de Veracruz la denominación “acoso cibernético”.

De esta forma todas aquellas personas que realicen alguna de estas acciones en sus redes sociales, estarán cometiendo un delito.

  • Difundir imágenes comprometedoras de personas (sean reales o ficticias) que puedan provocarle pena o problemas a la víctima, ya sea personalmente o en sus relaciones con otras personas.
  • Subir fotos para avergonzar a alguien. Por ejemplo, que te encuentres con un concurso de “vota por el más feo/a” y se poste la imagen de una persona para hacerla quedar en vergüenza.
  • Enviar amenazas por correo, acechar a una persona para que no navegue por las páginas que acostumbra.
  • Circular rumores de alguien, especialmente cuando se le adjetive como una mala persona que hace algo mal y que provoque que todos los demás lo ataquen.
  • Difundir información lesiva o dolosa de otra persona, revelando, cediendo o transmitiendo una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o textos que dañen su reputación o su autoestima y le causen con ello afectación psicológica, familiar, laboral o en su entorno cotidiano.
  • Crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima en redes sociales o foros, donde se escriban a modo de confesiones en primera persona, determinados acontecimientos personales, demandas explícitas de contactos sexuales u otras manifestaciones dolosas.
  • Dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en chats haciéndose pasar por la víctima de manera que las reacciones vayan posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de personalidad.
  • Dar de alta la dirección de correo electrónico de otra persona sin consentimiento de ésta, en determinados sitios, para propiciar que sea víctima de spam de contactos con desconocidos.
  • Usurpar su clave de correo electrónico para, además de cambiarla de forma que su legítimo propietario no lo pueda consultar, leer los mensajes que a su buzón le llegan violando su intimidad.

Los cambios al Código Penal del Estado de Veracruz ha sido considerado por decenas de personas y usuarios de redes sociales como retroceso en la libertad de expresión, por lo que han emprendido una campaña para exigir echarla abajo.

 

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