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Cubrebocas no es obligatorio en espacios abiertos en Edomex, aclaran autoridades

Cubrebocas no es obligatorio en espacios abiertos en Edomex, aclaran autoridades

El Instituto de Salud del Edomex emitió un boletin con los nuevos lineamientos sobre la COVID-19 en donde se especifica si el cubrebocas es obligatorio

En el Estado de México, el uso de cubrebocas en espacios abiertos no es obligatorio, informaron esta mañana las autoridades mexiquenses, ante el descenso en el número de contagios y personas hospitalizadas a consecuencia del COVID-19.

Según se indicó en un comunicado, solo se recomienda el uso de cubrebocas en espacios cerrados y si la distancia entre una persona y otra es de menos de metro y medio.

Esto, en concordancia con lo establecido por el Gobierno federal en los Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante COVID-19, publicados el pasado 7 de octubre.

De este modo, las autoridades de la Secretaría de Salud sugieren conservar el uso del cubrebocas en espacios cerrados que no se encuentren ventilados o cuenten con poca ventilación.

Explicaron que la población podrá omitir el uso de cubrebocas cuando no se comparte el lugar físico de trabajo, al tomar bebidas o consumir alimentos y al realizar trabajo físico intenso.

Además, en apego a dichos lineamientos, la Secretaría de Salud estatal señala que se sugiere el uso de cubrebocas a las personas que decidieron no vacunarse o con inmunocompromiso se les conmina a utilizarlo en todo momento.

En lugares de trabajo mal ventilados las personas que compartan el mismo lugar físico de trabajo, en los casos especiales se tendrán que valorar de manera individual, apuntaron autoridades mexiquenses.

También en los puestos de trabajo donde se presente una muy alta exposición a fuentes conocidas o sospechosas de SARS-CoV-2, como las personas trabajadoras del cuidado de la salud, que realizan procedimientos que generan aerosoles, deberán usar cubrebocas N95 (o su equivalente), guantes, bata y protección de ojos.

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De la misma manera, se recomendó a las personas trabajadoras que durante los traslados (de casa al trabajo y viceversa, o en comisiones) utilicen su cubreboca durante el trayecto en caso de hacerlo en transporte público, y realicen higiene de manos con solución base alcohol por lo menos al 60 por ciento.

La Secretaría incidió en que gracias al avance en la vacunación contra el virus SARS-CoV-2, así como la adopción de las medidas sanitarias preventivas implementadas desde el inicio de la pandemia, se ha logrado disminuir la propagación de esta enfermedad y esto ha propiciado la emisión de los lineamientos antes descritos.

Reiteró que, si bien la pandemia aún no termina, la participación responsable de la sociedad, permitió que el quinto repunte tuviera un impacto menor en el número de personas que se contagiaron de COVID-19 o requirieron de atención en unidades de segundo y tercer nivel.

Además, subrayó que en apego a los Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante COVID-19, ya no es necesario el uso de tapetes sanitizantes, por lo que sugirió retirarlos de los accesos de viviendas y establecimientos industriales, comerciales y de servicios.

Es importante mencionar que la emergencia sanitaria no ha finalizado, simplemente los números van a la baja, por ello es importante que la población siga siendo responsable, para que en caso de algún futuro repunte el impacto sea mínimo.

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CAB

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