Con esta ley se permitirá a las autoridades disponer de los bienes que les sean arrebatados a la delincuencia
Con 420 votos a favor, 10 en contra y 9 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la Ley Nacional de Extinción de Dominio y el Código de Procedimientos Penales, entre otras leyes.
420 votos a favor, 10 en contra y 9 abstenciones. Aprueban, en lo general, el dictamen que expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio y reforma y adicionan disposiciones de varias leyes. https://t.co/ynqjubpW7r
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) July 25, 2019
La Ley Nacional de Extinción de Dominio establece los mecanismos para que las autoridades lleven a cabo la disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización de los bienes que les sean arrebatados a la delincuencia, como al narco.
La diputada del Partido del Trabajo (PT), Ana Ruth García Grande indicó, en el posicionamiento de su fracción parlamentaria, que con la aprobación de la Ley de Extinción de Dominio se abona al combate a la delincuencia.
“Me parece que de fondo, y lo he dicho en la reunión de comisiones unidas, cualquier tarea que lleve como teleología abatir la delincuencia, el crimen organizado, la impunidad que priva desafortunadamente en nuestro país, debe conjuntar los afanes de todos los legisladores que estamos representando en este recinto a los ciudadanos. Es un hecho que no sólo el ciudadano pretende que se persiga y se sancione a todo aquel que en este esquema de corrupción, de impunidad y de delincuencia, obtenga para sí y para su beneficio bienes con una lesión directa a los ciudadanos”, dijo.
Por su parte, la diputada del PRD, Guadalupe Almaguer Pardo, criticó que si bien se necesita aprobar una ley de extinción, la minuta a discusión hace más laxos los requisitos para que se aplique dicha acción por lo que se podría incurrir en abusos hacia los ciudadanos.
En estos momentos se discuten las reservas presentadas en lo específico sobre diferentes artículos de la Ley de Extinción de Dominio.
El PRD y el PRI se han mostrado hasta ahora en contra de cuestiones como el catálogo de delitos en los que se podrá aplicar la ley, así como los procedimientos para aplicar la normativa.
Cabe precisar que el proyecto de ley hasta este momento tipifica que podrán ser propicios de extinción de dominio los bienes que estén relacionados con la delincuencia organizada, el secuestro, los delitos en materia de hidrocarburos, petrolítiferos y petroquímicos, los delitos contra la salud, la trata de personas, delitos por hechos de corrupción, delitos cometidos por servidores públicos, el robo de vehículos, los recursos de procedencia ilícita y la extorsión.
En caso de que no se realicen modificaciones a la minuta y en caso de aprobarse se turnará el proyecto legislativo al Ejecutivo federal para su publicación y posterior entrada en vigencia.
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