
Senado endurece penas contra artefactos explosivos y manipulación ilegal de armas; la reforma ya fue enviada al Ejecutivo.
El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que contempla penas de hasta 50 años de prisión para quienes fabriquen, porten o utilicen artefactos explosivos improvisados con fines delictivos. La medida, avalada en el cierre del periodo ordinario de sesiones, fue turnada al Ejecutivo para su promulgación.
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La iniciativa establece que la fabricación, transporte, comercialización o uso de estos explosivos conllevará penas que van de 15 a 30 años de cárcel, además de multas que oscilan entre 300 y mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En caso de que los dispositivos sean usados por integrantes de organizaciones criminales, las sanciones aumentarán hasta en dos terceras partes.
Asimismo, se prohíbe el empleo de accesorios tecnológicos vinculados con actividades ilícitas, como visores nocturnos, miras térmicas, designadores láser o cualquier equipo que optimice el uso de armas fuera del ámbito deportivo o recreativo.
Otro punto relevante de la reforma establece castigos de entre 3 y 6 años de cárcel para quienes alteren o borren los números de serie u otros datos de identificación de armas de fuego, incluyendo el lugar de fabricación y número único de registro.
La nueva legislación busca cerrar vacíos legales utilizados por grupos delictivos y reforzar el control sobre la circulación y modificación de armamento en el país.
Con información de Excelsior