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Irma fue encarcelada por 18 años tras haber sufrido un aborto involuntario en Edomex

Tras 18 años en la cárcel, liberan en Neza a mujer acusada por aborto involuntario

Irma estaba condenada a 45 años de prisión acusada de haber asesinado a su hijo en la etapa final de su embarazo

Irma fue liberada del penal femenil de Nezahualcóyotl, este martes, tras 18 años en prisión y sin un juicio apegado a derechos humanos.

Con su liberación se concretó la sexta amnistía, en el Estado de México, que fue promovida por la Comisión de Derechos Humanos de la entidad mexiquense (Codhem).

Irma estaba condenada a 45 años de prisión acusada de haber asesinado a su hijo en la etapa final de su embarazo.

No obstante, que abortó como consecuencia de los golpes recibidos por su entonces pareja, sin embargo, las autoridades no actuaron con perspectiva de género.

En el caso de Irma, también, se omitió considerar el tipo penal de homicidio atenuado, conocido como infanticidio, cometido principalmente por madres jóvenes, en su mayoría sin patologías psiquiátricas, en contextos adversos, tales como embarazo no deseado, dificultades financieras y problemas maritales, el cual otorgaba una penalidad de tres a cinco años de prisión, muy distante de los 45 que le fueron impuestos.

Lo anterior, sin considerar que era factible actualizar dicha atenuante, pues la muerte ocurrió dentro de las 72 horas del nacimiento; no existió prueba que corroborara la fama de Irma; se estableció desde un principio que, efectivamente, ocultó su embarazo y de las propias circunstancias se desprendió que el nacimiento del producto fue en la clandestinidad, por lo que no se dio parte al Registro Civil. Aunado a la declaración de su concubino y del hermano, que establecieron la presunción de que el recién nacido podía no ser hijo de éste.

En un ejercicio institucional de empatía y sororidad con las mujeres víctimas de violencia por parte de su pareja, la CODHEM analizó la exclusión por contexto diferenciado que debió ser considerada en el caso de Irma, ante su condición de vulnerabilidad y carencia de redes de apoyo. Además de sufrir asimetrías propias del género y discriminación por estereotipos normativos; el hecho delictivo cometido fue en un entorno de violencia familiar que configura un antecedente importante y que no fue tomado en consideración durante el proceso.

“Visibilizamos el caso de Irma “N”, una víctima de violencia a la que se le vulneraron sus derechos a una defensa adecuada a la libertad personal en su proceso penal”, señaló la Codhem.

Al respecto, la presidenta de la Codhem Myrna Araceli García Morón explicó que a partir de una violación a Derechos Humanos de Irma se hizo un planteamiento al Poder Judicial y el jugador resolvió con perspectiva de derechos humanos para dar los beneficios de la figura de amnistía, que extingue todos los efectos de la pena.

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CAB

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