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Ley para licencias laborales a padres de niños con cáncer se publica en el DOF

Fundación Cáncer Warriors México abundó que las licencias se entregarán por un lapso de 1 a 28 días pero se pueden renovar por hasta un total de 364 días

La Fundación Cáncer Warriors México dio a conocer a través de sus redes sociales que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma de ley que permite a los trabajadores asegurados que tengan algún hijo menor de 16 años de edad con un diagnóstico de cáncer, poder solicitar licencias laborales de hasta 28 días con goce de sueldo.

En la misiva compartida en su perfil de Facebook, indican que este es el resultado de más de dos años de trabajo intenso, junto con otras organizaciones. Agradeciendo a la sociedad civil, familias, médicos, legisladores federales por su respaldo.

Esta prestación a los trabajadores y trabajadoras fue posible gracias a que desde el Congreso se reformaron las leyes del Instituto MExicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la del Trabajo, en respuesta a la difícil situación que enfrentan casi 23 mil niños con cáncer y sus padres que, se enfrentan a una segunda encrucijada ante la posibilidad de perder su trabajo, ya sea por llevar a sus hijos a sus consultas médicas o tener que cuidarlos, durante los periodo críticos de la enfermedad o las quimioterapias.

La nueva norma establece que “para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta dieciséis años hayan sido diagnosticados por el instituto con cáncer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente diagnosticado requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento”.

Por su parte, Fundación Cáncer Warriors México abundó que las licencias se entregarán por un lapso de 1 a 28 días pero se pueden renovar por hasta un total de 364 días, y que el gobierno entregará un subsidio del 60% del salario con el que cotice la trabajadora o el trabajador, es decir, sin cargo para el patrón.

Asimismo, que al reformarse tres leyes federales, las licencias tienen aplicación en todo el territorio nacional, es decir, en cada estado de la República, siempre y cuando el trabajador tenga como mínimo 30 semanas cotizadas, además que dicho beneficio no podrá aplicarse al mismo tiempo para ambos padres y, en los casos en que están separados, únicamente podrá solicitarlo quien tenga la patria potestad del menor enfermo.

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