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López Obrador califica como un “hecho histórico” la aprobación de la Guardia Nacional

El presidente detalló que la ley secundaria de la Guardia Nacional aprobada en lo general es un “hecho histórico” como reforma constitucional

El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que el 30 de junio próximo entrará en operación formal en todo el país la Guardia Nacional, cuyas leyes secundarias fueron aprobadas la víspera de manera unánime “en un hecho histórico” por el Congreso de la Unión.

Tras agradecer a los legisladores de todos los partidos el apoyo para lograr estas normas, aseguró que es “una buena noticia” porque se va a ayudar a que se enfrente el problema de la inseguridad y de la violencia, protegiendo a los ciudadanos, con elementos que ya están en capacitación y formación.

En su conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional, detalló que la ley secundaria de la Guardia Nacional fue aprobada en lo general con 429 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, un “hecho histórico” como reforma constitucional.

En el dictamen avalado, se precisa que la Guardia Nacional dispondrá de las unidades especializadas que le sean necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones, las cuales adaptarán la organización que requieran para sus funciones. Estará integrada por las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y de Marina.

También se especifica que la Guardia Nacional colaborará con las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas, o de los municipios, en la realización de operaciones coordinadas.

Además, al inicio del segundo periodo ordinario de la legislatura se presentará por escrito, ante el Senado de la República, un informe de las actividades desarrolladas por la Guardia Nacional durante el año inmediato anterior.

Igualmente, esta institución podrá solicitar la intervención de comunicaciones y la autorización judicial correspondiente podrá otorgarse a solicitud del comandante o del titular de la jefatura general de coordinación policial, cuando se constate la existencia de indicios suficientes que acrediten que se está organizando la comisión de los delitos.

Mientras que en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza se estipula que se empleará en todo momento con pleno respeto a los derechos humanos y su impacto en las personas estará graduado de la siguiente manera: persuasión, restricción de desplazamiento, sujeción, inmovilización, incapacitación, lesión grave y muerte.

Se considera como amenazas letales inminentes: la acción de apuntar con el cañón de un arma de fuego o una réplica en dirección a una persona; no soltar dichos instrumentos después de una advertencia clara; poner en riesgo la integridad física de una persona con un arma punzocortante, entre otras.

Enfatizando que el uso de la fuerza letal será el último recurso en cualquier operativo; la ley señala que en este caso los agentes deberán comprobar que la agresión era real, actual o inminente, sin derecho, que ponía o podría poner en peligro la vida o integridad física de personas ajenas o de uno de ellos.

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