
En Jalisco, Los Alegres del Barranco esquivaron la censura a narcocorridos al proyectar letras polémicas durante conciertos sin interpretarlas en vivo
La agrupación musical Los Alegres del Barranco ha vuelto a acaparar la atención pública tras encontrar una nueva forma de sortear la prohibición de interpretar narcocorridos en territorio jalisciense. En vez de cantar las letras en vivo, optaron por proyectarlas en pantallas durante sus presentaciones más recientes, una estrategia que ha encendido la controversia y revivido el debate sobre la apología del delito.
En el ojo del huracán desde que se les inició una investigación por mostrar en un concierto imágenes de Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, líder del Cártel de Jalisco Nueva Generación (CJNG), la banda ha optado por seguir una táctica similar a la utilizada por Alfredo Olivas años atrás. La Fiscalía General del Estado de Jalisco (FGE) ya ha fijado una nueva cita para que la agrupación comparezca ante las autoridades el próximo 6 de mayo, tras haberse ausentado en la convocatoria anterior.
Karaokes masivos como salida legal
Los eventos en cuestión tuvieron lugar el sábado 3 de mayo en Cihuatlán y el domingo 4 en Tequila, Jalisco, donde los músicos recurrieron al formato de karaoke para interpretar, o más bien proyectar, las letras de dos temas altamente controversiales: “El del Palenque” y “El Doble R”. Ambos temas están directamente vinculados con altos mandos del CJNG: el primero se centra en la figura de “El Mencho”, mientras que el segundo hace referencia a Ricardo Ruiz Velasco, conocido como “El Doble R”, un líder regional de la organización criminal.
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En la presentación de Cihuatlán, realizada en la Patronato Plaza de Toros, las letras aparecieron en las pantallas gigantes mientras la agrupación se limitaba a tocar la música instrumentalmente, evitando entonar directamente las palabras. Esta maniobra legal ha generado interrogantes sobre si la acción puede considerarse una violación a la normativa vigente o si, al no cantar, logran eludir la aplicación directa de la ley.
Postura oficial de la FGE
La Fiscalía de Jalisco confirmó la nueva fecha de audiencia para el grupo y subrayó que la investigación sigue su curso. La ausencia de la banda en la primera convocatoria había generado críticas, lo que hizo que las autoridades insistieran en una segunda comparecencia. La dependencia ha enfatizado que la causa gira en torno a la posible apología del delito, figura tipificada en el Código Penal.
¿Qué establece la ley sobre apología del delito?
El Código Penal, en su Capítulo III, artículo 142, es claro al respecto:
“Se impondrán de uno a seis meses de prisión al que provoque públicamente a cometer algún delito o haga apología de éste o de algún vicio, si el delito no se ejecutare; si se ejecuta, se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación en el delito cometido”.
Este marco legal deja un margen abierto a la interpretación, algo que la defensa del grupo podría utilizar para argumentar que la proyección de las letras, sin interpretación vocal, no constituye una acción explícita de apología.
Una estrategia que revive la polémica
Este nuevo episodio protagonizado por Los Alegres del Barranco reaviva un debate que pone en la balanza la libertad de expresión artística frente a la responsabilidad social y las normas que buscan limitar la glorificación del crimen organizado. La audiencia del 6 de mayo será clave para definir si esta maniobra legal se convierte en precedente o si las autoridades endurecen las medidas para cerrar cualquier resquicio legal.