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Niegan aborto a menor de edad víctima de violación

diciembre 13, 2018
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Karina confesó haber sido víctima de violencia sexual a los 16 años, en Oaxaca, sin embargo, ella no denunció nada por sentirse avergonzada

Culiacán, Sinaloa. La menor de edad de 17 años, identificada como Karina, se ha enfrentado a todas las barreras posibles para poder interrumpir su embarazo, producto de una violación que sufrió en el estado de Oaxaca cuando ella aún tenía 16 años.

El colectivo de mujeres ‘Las Libres’, -radicado en Guanajuato- junto en colaboración con otros colectivos del área, han atendido el caso de la adolescente de Culiacán.

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29 de noviembre. La menor de edad fue trasladada a la Cruz Roja de la capital sinaloense debido a dolores en el vientre muy intensos. Al llevar acabo la inspección medica, se detectó un abultamiento en el vientre el cual debía ser atendida en el Hospital General, fue hasta entonces cuando se confirmó que estaba embarazada con 16 semanas de gestación.

Karina confesó haber sido víctima de violencia sexual meses atrás, sin embargo, ella no denunció nada por sentirse avergonzada.

Al conocer su estado de gravedad, fue asignada al Hospital de la Mujer. En su traslado en ambulancia, Karina declaró no querer continuar con su embarazo, y fue ahí cuando las cosas empeoraron.

Verónica Cruz, parte del colectivo ‘Las Libres’, -que lleva el caso de Karina- habló del trato que las instituciones de la Secretaría de Salud de Sinaloa le han dado a la menor de edad.

Ella llegó al hospital por presentar una amenaza de aborto, en primera instancia. Ella declaró por sí misma no querer continuar con ese embarazo y aun viendo que la niña estaba presentando riesgos en su gravidez, las instancias de salud pública no la ayudaron”, comentó Cruz.

Se le dio la instrucción que tenía que presentar una denuncia por violación ante el Ministerio Público. Al estar ingresada, Karina fue amedrentada por un elemento del MP de Culiacán, quien se identificó como Antonio Cota.

Karina se encontraba sola, su hermano fue llamado a recepción y se le entrevistó sin acompañamiento. El miembro del MP le dijo que si estaba mintiendo para abortar podría ir a la cárcel al cumplir 18 años”, agregó Cruz.

La integrante del colectivo ‘Las Libres’, argumenta la posibilidad de utilizar el recurso de la Norma Oficial Mexicana en su artículo 46, en el que una mujer puede acceder a los servicios de interrupción legal del embarazo tras su declaración de violación.

Nosotras conocemos la reglamentación para estos casos, el delito de violación se sigue desde esa línea, para una mujer que declare que ese embarazo es producto de un abuso debe ser interrumpido sin ninguna interpelación legal”, comentó.

Las autoridades de salud de Sinaloa han bloqueado la posibilidad de interrumpir el embarazo de la joven, alegando la existencia de una Ley estatal en la que estas figuras para el aborto están prohibidas.

La NOM 046 es una reglamentación nacional que se puede ejercer en todo el país y la denuncia de la mujer debe ser aceptada”, precisó Cruz.

Tanto ‘Las Libres’, como los colectivos en conjunto: ‘¡No se metan con nuestra hijas, Mujeres Activas Sinaloenses!’

El caso de Karina se sigue atendiendo ya que su gestación está avanzando y la menor ha expresado por medio de un documento firmado de su puño y letra el deseo de terminar con su embarazo.

La asociación ha interpuesto una queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa por el entorpecimiento por parte de las autoridades de salud a la aplicación del NOM 046.

Sabemos que la legislación, por ejemplo, en el caso de Ciudad de México, es legal el aborto por voluntad de la mujer hasta las 12 semanas, sin embargo, la Norma nos ampara para darle un aborto seguro y legal”, indicó.

Los colectivos se reunieron con el secretario de Salud del Estado de Sinaloa, Efrén Encinas, para entregar la documentación en donde Karina firma y afirma no querer continuar con su embarazo.

Oficios de Solicitud de Cumplimiento de La NOM046

¿QUÉ DICE LA NORMA 046?

La Norma Oficial Mexicana (NOM-046-SSA2-2005) que citan los colectivos de mujeres para la aplicación del aborto legal en caso de violación, aplica en todo el territorio nacional. La finalidad de este recurso es la protección reproductiva de las mujeres y la no revictimización durante un proceso de investigación de violación.

La reglamentación es amplia y data del 16 de abril de 2009, cuando fue publicada en el Diario Oficial de la Federación. Existe una reforma en este criterio donde se le da libertad a la denunciante de abortar en el caso de violación sin recurrir exprofeso a denunciar.

En la Norma Oficial Mexicana 046, está detallado el derecho que tiene una víctima de violación en solicitar la interrupción del embarazo. En los criterios específicos del índice 6.4.2.7 explica:

“En caso de embarazo por violación, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada de que dicho embarazo es producto de violación; en caso de ser menor de 12 años de edad, a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a que hace referencia el artículo 5, de la Ley General de Víctimas”.

La menor mencionó a sus acompañantes legales tanto a ‘Las Libres’ como al colectivo ‘No se metan con nuestra hijas’, que el personal medico del Hospital de la Mujer de Culiacán le pidió que “rezara porque su bebé estuviera bien”, “tenlo y se buena mamá”, entre otros comentarios que buscaban persuadir a Karina de su decisión.

Actualmente, 14 entidades establecen el primer trimestre de gestación para interrumpir un embarazo por violación. En el caso de estados que no tengan una ley que defina límites para la interrupción del embarazo por violación, los colectivos de mujeres se apoyan en la que muestra la Organización Mundial de la Salud, que en el caso de Karina aplicaría las medidas de aborto para gestaciones de 12 y 24 semanas.

La OMS describe este proceso por dosis de misoprostol y mifepristona, según lo indicado para este procedimiento.

 

Con información de Excélsior

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Etiquetas: abortoCuliacánDenuncia Ciudadanaderechos humanos

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