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No tipifican como feminicidio asesinato de Danna en BC

En el caso de homicidios calificados, las penas van de los 30 a 60 años; en algunos casos con disminución de penas

Las autoridades de justicia de Baja California consideraron que la muerte de Danna Reyes, la joven de 16 años asesinada con extrema violencia y cuyo cuerpo fue arrojado y quemado en un lote baldío de Mexicali, no fue un feminicidio.

Los tres detenidos por el crimen, ocurrido el pasado 22 de agosto, fueron acusados por la Fiscalía del estado por el delito de homicidio calificado por ventaja; sin que se justificara la decisión del fallo.

La diferencia recae en que cuando la Fiscalía suele pedir de 35 a 60 años de cárcel para responsables de feminicidios; mientras que en el caso de homicidios calificados las penas van de los 30 a 60 años; en algunos casos con disminución de penas.

La problemática también recae en que, en seguimiento al Código Penal de Baja California, se establece como dos las causales de feminicidio: “lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previa o posterior a la privación de la vida”; así como que el cuerpo fuera “expuesto o arrojado en un lugar público”. Ambos hechos están plenamente identificados que en el caso de Danna.

Cabe destacar que durante la audiencia inicial donde estuvieron presentes los tres sospechosos del crimen, el 25 de agosto, la jueza Rocío Margarita Arce López, del Centro de Justicia Penal de Mexicali, decretó como legal la detención de los sospechosos pese a que la defensa indicó que las características del vehículo que denunció un testigo, no coincidía en el que viajaban los ahora imputados.

En el proceso, el abogado defensor afirmó que desde que la patrulla de la policía se percató del incendio en donde fue quemada la joven de 16 años, al momento en que fueron detenidos sus clientes, habían transcurrido más de una hora; motivo por el que se sostuvo que no se podía comprobar la flagrancia de los hechos.

No obstante de los argumentos, la autoridad decretó como legal la detención de los sospechosos. Es así que la efectividad de esta disposición contradice el fichaje de “homicidio”.

*Con información de Animal Político

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CAB

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