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Persona murió electrocutada por negligencia de CFE, denuncia CNDH

Persona murió electrocutada por negligencia de CFE, denuncia CNDH

La víctima se encontraba en la azotea de su casa cuando ocurrió el incidente en diciembre de 2020

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), luego de determinar que la indebida instalación de cableado eléctrico de media tensión, provocó la muerte por descarga eléctrica de una persona en Saltillo, Coahuila.

La recomendación 151/2022 fue dirigida al director general de CFE-Distribución, Guillermo Narváez Elizondo, por violaciones a los derechos humanos a la vida y a una vivienda adecuada, ocurridas en diciembre de 2020.

De acuerdo con una investigación elaborada por la Comisión, la víctima se encontraba haciendo reparaciones en el techo del inmueble donde vivía, cuando sufrió una descarga eléctrica por contacto accidental con cables de media tensión, propiedad de la CFE, lo que se comprobó, le ocasionó la muerte.

“La Comisión Nacional pudo evidenciar una relación directa entre las causas que ocasionaron la pérdida de vida de la víctima con la descarga eléctrica que recibió, y que fue originada por la disposición y distancia en la que se encontraban los cables, constituyendo además un riesgo para cualquier otra persona que habite o recurra a la vivienda donde se presentó el accidente”, expuso el organismo a través de un comunicado.

También verificó que, con anterioridad al accidente, la CFE-Distribución incumplía la normativa sobre la distancia mínima que debe existir entre las líneas de distribución de energía eléctrica de su propiedad y la edificación en donde ocurrieron los hechos.

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Además, se comprobó que la empresa sigue incumpliendo y no ha realizado las acciones de supervisión para garantizar condiciones adecuadas de seguridad y las acciones correctivas pertinentes.

Por todo lo anterior, la CNDH pidió al director de la CFE-Distribución que proceda a la inmediata reparación de daños ocasionados en favor de, al menos, cuatro personas familiares directas de la víctima, quienes resultaron afectadas por el fatal accidente.

Dicha reparación deberá incluir una compensación justa en términos de la Ley General de Víctimas y se deberá otorgar a los familiares agraviados por el deceso, la atención médica, psicológica y tanatológica que requieran, de forma gratuita, inmediata y en un lugar accesible.

También, en un plazo no mayor a tres meses, CFE-Distribución debe emitir un dictamen sobre el estado físico y de seguridad que guardan las líneas conductoras de electricidad asociadas al lugar de los hechos, y llevar a cabo las acciones correctivas necesarias de protección y aislamiento, así como para la red de energía eléctrica cercana al inmueble y sus viviendas o construcciones aledañas.

Por último, como medida de no repetición, se pide que la CFE diseñe e imparta un curso de capacitación dirigido al personal de CFE-Distribución División Golfo Norte, en materia de derechos humanos, y específicamente relacionado con los requerimientos de seguridad previstos en las disposiciones legales, reglamentarias y normativas que regulan el servicio público de distribución de energía eléctrica.

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CAB

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