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Por ley, agresores en CDMX deberán dejar el hogar

Por ley, agresores en CDMX deberán dejar el hogar

Este martes entraron en vigor las modificaciones a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México

Este martes entraron en vigor diversas reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México; entre las que destaca que cuando una mujer sea agredida en casa por su pareja, éste tendrá que dejar el hogar, pero se hará responsable del pago de los servicios y no podrá vender la vivienda.

Así lo estipulan las modificaciones a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, publicadas el lunes en la Gaceta Oficial de la CDMX. Las mismas fueron aprobadas por el Congreso local el pasado 10 de noviembre y este martes entraron en vigor.

En la fracción III del artículo 63 quedó estipulado que el agresor tiene la obligación de hacerse responsable del pago de servicios de la casa.

 “Se debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a la propiedad; así como de posesión que previamente existían o los apoyos que brindaba para ello”, se apunta

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Asimismo, quedó prohibido que el agresor pueda vender o aprovechar los bienes de la sociedad conyugal; así como los que se encuentren en el domicilio común en caso de concubinato o sociedad de convivencia.

Por otro lado, las modificaciones al artículo 24 establecen que se deberán establecer las acciones; así como medidas para la reeducación y reinserción social de la persona agresora. Esto siempre y cuando exista un modelo de abordaje psicoterapéutico debidamente probado por la Secretaría de las Mujeres.

Además, quedó establecido que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en coordinación con la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México y la Fiscalía, deberá facilitar los trámites para que las mujeres víctimas de violencia obtengan vivienda y/o créditos accesibles para la adquisición o mejoramiento de la vivienda.

Finalmente, las modificaciones al artículo 50 Ter mencionan que los Refugios Especializados estarán a cargo de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad; la cual deberá incluir en su anteproyecto de presupuesto de egresos de la Ciudad de cada ejercicio fiscal los recursos necesarios para su operación.

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CAB

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