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Por prácticas monopólicas, multan a taxis del AICM

La Cofece impuso una multa económica por 23.6 millones de pesos a empresas de taxis por pactar incrementos en sus tarifas.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó que impuso una multa económica por 23.6 millones de pesos a cinco empresas de taxis y cuatro personas físicas que
operan en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por pactar incrementos en sus tarifas.

En un comunicado, la autoridad indicó que esta práctica monopólica causó un daño al mercado de 771 millones 713 mil pesos y perjudicó a más de 12 millones de usuarios.

Las agrupaciones de taxistas sancionadas fueron Confort y Servicios en Transportación Terrestre (Confort), Porto Taxi Terrestre Ejecutivo (Porto Taxi), Taxistas Agremiados para el Servicio de Transportación Terrestre Sitio 300 (Sitio 300), Yellow Cab del Nuevo AICM —antes Sitio 300 Yellow Cab— (Yellow Cab) y Transportación Terrestre Nueva Imagen (Nueva Imagen), así como 4 personas físicas.

La Comisión acreditó que los agentes económicos sancionados realizaron un acuerdo con el objeto y efecto de fijar, elevar, concertar o manipular el precio al que era ofrecido el servicio de taxi, conducta que actualiza el supuesto previsto en la fracción I del artículo 9 de la anterior Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

El Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares establece que los transportistas pueden determinar y modificar sus tarifas, sin necesidad de la aprobación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). En principio, dada esta libertad tarifaria, la participación de diversos agentes económicos en el mercado generaría condiciones de competencia que presionarían a la baja los precios del servicio.

No obstante, el 11 de abril de 2011, las agrupaciones mencionadas, mediante sus representantes, firmaron un acuerdo en el cual decidieron contratar de manera conjunta a Santaló Estudios y Proyectos (SEPSA) para que elaborara un estudio tarifario, cuyo objetivo era determinar los precios que en el futuro debían registrar y cobrar por el servicio de taxi para mejorar sus ingresos. Para ello, los sitios entregaron a la consultora información estratégica que en condiciones normales de competencia las empresas no comparten, como sus costos de operación, tarifas, ganancias, número de unidades y estadísticas de ventas, entre otras.

SEPSA proporcionó a cada una de las agrupaciones el estudio tarifario, en el que definió un esquema y recomendaciones para determinar las “tarifas competitivas” que cobrarían hasta el año 2021 por el servicio de taxi. A su vez, los permisionarios de las agrupaciones, con excepción de Confort, registraron ante la SCT las tarifas recomendadas por el estudio, y en agosto de 2011 aumentaron el precio ofrecido por el servicio.

La conducta sancionada afectó a los usuarios del AICM, e incluso a otros participantes en mercados relacionados con el aeropuerto —como en el transporte aéreo de pasajeros— cuya competitividad depende de los distintos costos en los que incurre un viajero.

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