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Profepa asegura más de 80 aves protegidas en Monterrey

Pericos verdes, gorriones, zainos, calandrias, cenzontles y otras aves canoras y de ornato eran comercializadas ilegalmente en el Mercado Campesino en Monterrey.

Los inspectores federales de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguraron 81 aves canoras y de ornato que eran comercializadas ilegalmente, así como tres pericos verdes dentro de las instalaciones del Mercado Campesino en Monterrey, Nuevo León.

Gracias a un operativo de inspección y vigilancia implementado en ese centro de abasto se logró la localización de tres personas que comercializaban estos animales, quienes lograron huir del lugar, por lo que se ha interpuesto una denuncia  penal ante la Procuraduría General de la República (PGR), contra quien resulte responsable.

Debido a que no contaban con los permisos emitidos por las autoridades ambientales también decomisaron 20 gorriones, un cardenal, 14 zainos, dos calandrias turpial, 16 chileros, tres chará verde, dos teclas, dos tigrillos, un tordo chatarrero, tres tordo cabeza amarilla, 11 cenzontles, dos dominicos, tres turcos y una primavera.

La Profepa recordó en un comunicado que el tráfico ilegal para el mercado de mascotas, así como la destrucción de su hábitat, son las principales causas del deterioro de las poblaciones silvestres.

La especie de perico verde mexicanos (Psittacara holochlorus) se encuentra enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en categoría de especie Amenazada y en el en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

El aprovechamiento extractivo con fines comerciales o de subsistencia correspondientes a la familia Psittacidae (loros, pericos y guacamayas), cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional se encuentra prohibido desde el año 2008, de acuerdo a la Ley General de Vida Silvestre.

En ese sentido, el Código Penal Federal establece una pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil Unidades de Medida y Actualización, a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, algún ejemplar de fauna silvestres considerada protegida.

 

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