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Publican en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Minera

Publican en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Minera

Ayer, el pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular, el dictamen de la reforma a la Ley Minera

Tras su aprobación en la Cámara de Diputados y el Senado de la República se publicó la reforma a la Ley Minera en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Minera fue publicado por la Secretaría de Economía (SE).

De acuerdo con lo difundido en el documento, se reforman los artículos 1; 9, párrafo primero; 10, párrafo primero; y se adicionan un Artículo 5 Bis y un párrafo tercero, recorriéndose los actuales párrafos tercero y cuarto al Artículo 10 de la Ley Minera para declarar de utilidad pública el litio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia. Serán consideradas zonas de reserva minera aquéllas en que haya yacimientos de litio.

Además, se reconoce que el litio es patrimonio de la Nación y su exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento se reserva en favor del pueblo de México.

Asimismo, menciona que las cadenas de valor económico del litio se administrarán y controlarán por el Estado a través del organismo público descentralizado, el cual deberá determinar el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables.

El Servicio Geológico Mexicano será el encargado de auxiliar al organismo público descentralizado encargado de la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio en la ubicación, y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables del litio.

En la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio y de sus cadenas de valor será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas.

Prevé que con excepción del litio y demás minerales declarados como estratégicos por el Estado, en términos de los artículos 27 y 28 constitucionales, la exploración y explotación de los minerales o sustancias a que se refiere el Artículo 4, así como de las salinas formadas directamente por las aguas marinas provenientes de mares actuales, superficial o subterráneamente, de modo natural o artificial, y de las sales y subproductos de éstas, sólo podrá realizarse por personas físicas de nacionalidad mexicana, ejidos y comunidades agrarias, pueblos y comunidades indígenas.

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Ayer, el pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular, el dictamen de la reforma a la Ley Minera que propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador para nacionalizar el litio.

Con 87 votos a favor, 20 en contra y 16 abstenciones, Morena y sus aliados del Partido Verde y el Partido del Trabajo, así como con el apoyo de Movimiento Ciudadano, se logró la aprobación de la iniciativa en lo general.

Horas más tarde y tras los posicionamientos de los legisladores aprobaron el dictamen de la reforma a la Ley Minera en lo particular.

Con 76 votos a favor y 45 en contra, los senadores aprobaron en lo particular la reforma a la Ley Minera. Ahora, el dictamen pasará al Ejecutivo.

Durante la discusión de la reforma a la Ley Minera en lo general 24 senadores del PAN, PRI, PRD, MC y hasta de Morena presentaron reservas a la iniciativa enviada por López Obrador.

Los senadores del PAN se manifestaron en contra de que una empresa administradora se inmiscuya en la administración del mineral, además advirtieron de ambigüedades de algunos de los artículos de la reforma.

Los artículos 1, 5, 9 y 10 de la norma refieren que la exploración, explotación y aprovechamiento de este metal blando quedan exclusivamente a cargo del Estado mexicano, además de la creación de un organismo público descentralizado para regular el aprovechamiento de litio .

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CAB

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