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SCJN determina quitar al INE la administración de tiempos en radio y TV

SCJN determina quitar al INE la administración de tiempos en radio y TV

Los ministros concluyeron que el decreto del presidente no violó las reglas de la Constitución en materia de cesión de tiempos oficiales al Estado

Por unanimidad de votos, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) respaldó el decreto presidencial que le quita la administración de los tiempos oficiales en radio y televisión al Instituto Nacional Electoral (INE).

A propuesta del ministro Jorge Pardo Rebolledo, el Pleno concluyó que el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador no violó las reglas de la Constitución en materia de cesión de tiempos al Estado.

Con la decisión del máximo tribunal del país seguirá vigente la reducción de 18 a 11 minutos diarios de tiempo que deben entregar los canales de televisión abierta y de 35 a 21 minutos el de las estaciones de radio.

El 3 de abril de 2020, López Obrador firmó un acuerdo para la devolución de los tiempos oficiales a estaciones de radio y canales de televisión.

Sin embargo, los consejeros del INE promovieron una controversia ante la SCJN, planteando que era una invasión a las competencias que le otorga la Constitución como autoridad.

En ese entonces, el Presidente declaró su compromiso con concesionarios de radio y televisión, y les ofreció analizar la devolución de los tiempos oficiales y “devolvemos los tiempos oficiales a las estaciones de radio, canales de televisión”.

López Obrador puntualizó que la industria de la radio y la televisión pasan “por un mal momento” y sus ingresos han bajado, además de que el Gobierno no puede pagar por publicidad, por lo que poder contar con dichos tiempos puede ayudar a las empresas.

Recordó también que durante su administración el pago por publicidad a medios de comunicación ha bajado.

El decreto Presidencial disminuye los tiempos fiscales y, en consecuencia, los tiempos oficiales con que cuenta el Estado bajo el modelo de comunicación política previsto con la reforma constitucional de 2007, basado en garantizar un mínimo de tiempo preestablecido.

Los tiempos oficiales de transmisión se reducen de 18 a 11 minutos diarios para canales de televisión y de 35 a 21 minutos diarios en estaciones de radio.

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CAB

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