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Sentenciados por violencia familiar y política de género no podrán ser candidatos en elecciones populares en NL

enero 16, 2023
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Las personas sentenciadas por violencia familiar, deudores alimentarios y por violencia política de género, no podrán ser candidatos en el Estado

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que las personas sentenciadas por violencia familiar, deudores alimentarios y por violencia política de género, no podrán ser candidatos a puestos de elección popular en Nuevo León.

El Máximo Tribunal inició la discusión de las acciones de inconstitucionalidad 50/2022, y sus acumuladas. Éstas promovidas por el Poder Ejecutivo Federal, por Movimiento Ciudadano (MC); por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). Esto en contra de disposiciones de la Constitución y la Ley Electoral de la entidad.

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En su proyecto, la ministra ponente, Ana Margarita Ríos Margarita Ríos Farjat, indicó que la medida es idónea. Ello debido a que se regula con la existe en otras entidades e impide llegar a cargos públicos a las personas cuyo actuar debe ser ejemplar.

“La medida es idónea para lograr el fin porque está vinculada a una condena por la comisión de delitos en materia de violencia de género o que atentan contra la familia; y, por último, la medida es necesaria y proporcional; porque no debe permitirse que una persona que haya sido condenada por haber afectado los derechos de las infancias y de las mujeres ocupe un cargo de elección popular”.

“Los cargos públicos por definición están a la vista de todos y llegan a representar modelos a seguir así que en este caso se establece que las limitantes son constitucionales”, indicó Ríos Farjat.

Discusión de las diferentes impugnaciones

Durante la discusión de las diferentes impugnaciones, de la controversia, el Pleno de la Corte ordenó que el Congreso de Nuevo León debe realizar una consulta, que omitió, para la redacción del artículo 144 Bis 1 de la Ley Electoral de la que presuntamente se buscaba garantizar la participación de las comunidades indígenas y afrodescendientes.

El objetivo de invalidar ese artículo y ordenar la consulta es, para que, ahora sí, se garantice la participación de estos sectores de la población en los procesos electorales.

El Pleno de la Corte continuará con la discusión de estas impugnaciones a la Constitución y la Ley Electoral de Nuevo León en la sesión de este martes.

En la sesión de este lunes, nuevamente participó la ministra Yasmín Esquivel Mossa, sin hacer referencia a los señalamientos del plagio de su tesis profesional en 1987.

Al llegar a la Corte, en una entrevista, afirmó que no va a presentar licencia a su cargo como ministra de la Corte y que no tiene nada de qué avergonzarse, ya que no hay irregularidades en su proceso de titulación.

Al iniciar el análisis de impugnaciones a la Constitución Política y a la Ley Electoral de Nuevo León, se invalidaron diversos preceptos. El análisis del asuntó continuará en la siguiente sesión del Pleno de la SCJN.

🔗 https://t.co/5dMCVhkUaQ pic.twitter.com/vTgWhpS0ST

— Suprema Corte (@SCJN) January 17, 2023

Contenido relacionado: El cubrebocas ya no es obligatorio en las escuelas de Nuevo León

CGLP

Etiquetas: candidatos en NLsentenciadosviolencia familiar y política de género

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