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TEPJF ratifica pérdida de registro del Panal

Conforme a la votación válida emitida, Nueva Alianza obtuvo 2.03 por ciento en la elección presidencial, por lo que no alcanzó el umbral mínimo requerido

Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual se inició el procedimiento de pérdida de registro del Partido Nueva Alianza, por lo que queda firme esta medida.

Al presentar el proyecto de sentencia, el magistrado Indalfer Infante desestimó cada uno de los argumentos del partido, que entre otras cosas pretendía que se le respetara el 2% de votación para mantener el registro, que prevalecía cuando en 2005 entró al sistema de partidos.

En adición, el magistrado explicó que no se actualizaba la pretensión del partido de mantener el registro aduciendo que se atentaba contra el principio democrático de la representación de las minorías.

Lo anterior, al recordar que en la exposición de motivos de la reforma de 2014, los legisladores destacaron que “el límite del dos por ciento ha permitido la permanencia de partidos con escasa representatividad, que fragmentan la representación e impiden al ciudadano distinguir con claridad las estrategias parlamentarias”.

Conforme a la votación válida emitida, Nueva Alianza obtuvo 2.03 por ciento en la elección presidencial; en senadores de mayoría relativa 2.41; y en senadores de representación proporcional apenas 2.40 por ciento.

Asimismo, en diputaciones de mayoría relativa 2.58 y en diputaciones de representación proporcional 2.57 por ciento, por lo que no alcanzó el umbral mínimo requerido del tres por ciento.

Con información de Excélsior

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