
Una niña de tres años murió al ser arrollada por un camión en Cuernavaca mientras bailaba en la calle por monedas, hecho que expuso la explotación infantil
La capital de Morelos se vio sacudida por un lamentable hecho ocurrido en la Glorieta de la Luna, donde una niña de tres años perdió la vida tras ser atropellada por un camión repartidor. La menor se encontraba bailando junto a otra niña en los cruceros de la zona, pidiendo monedas a los automovilistas.
El accidente quedó registrado en cámaras de seguridad y posteriormente circuló en redes sociales, generando indignación entre los habitantes de Cuernavaca. Vecinos señalaron que desde hace tiempo advertían del riesgo que corrían las pequeñas y solicitaban no entregarles dinero, pues consideraban que se trataba de explotación infantil.
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De acuerdo con los testimonios, ambas niñas pasaban largas horas entre vehículos, camiones y motocicletas, esperando que el semáforo se pusiera en rojo para salir a bailar. Conductores habían alertado en varias ocasiones sobre el peligro, pidiendo a quienes las vigilaban que no las dejaran solas.
Tras el accidente, elementos de la Policía Vial detuvieron al conductor del camión, quien fue puesto a disposición del Ministerio Público. Asimismo, fue arrestada la tía de la víctima, señalada por el delito de omisión de cuidados, ya que estaba a cargo de las menores.
Información oficial indica que la madre de la niña fallecida la había abandonado siete meses antes, dejando su custodia en manos de la tía. Esta última, según las investigaciones, permitía que ambas trabajaran en la vía pública sin supervisión adulta.
La Fiscalía General del Estado de Morelos abrió una carpeta de investigación para esclarecer responsabilidades. El cuerpo de la menor fue trasladado al Servicio Médico Forense.
El caso ha reavivado la discusión sobre la explotación infantil en México, un problema que la Constitución prohíbe de manera expresa. El Código Penal Federal establece sanciones de uno a doce años de cárcel para quienes incurran en explotación laboral, maltrato o negligencia. A su vez, la Ley Federal del Trabajo en su artículo 995 Bis impide el empleo de menores de 15 años y contempla multas de hasta 5,000 UMAs para quienes incumplan la norma.
La explotación infantil no se limita al trabajo forzado, también incluye la utilización de niñas y niños en actividades callejeras peligrosas o sin protección, con fines de obtener recursos económicos. Lo sucedido en Cuernavaca ilustra los riesgos extremos de esta práctica, que puede derivar en tragedias irreparables.