CNDH advierte que José Eduardo sufrió tortura; sugiere a FGR investigar

CNDH advierte que José Eduardo sufrió tortura; sugiere a FGR investigar

La CNDH emitió una recomendación a la Fiscalía de Yucatán para continuar con la investigación del presunto homicidio de José Eduardo Ravelo

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aseguró este sábado tener elementos suficientes para acreditar violaciones graves a derechos humanos a la vida, libertad e integridad personal y seguridad jurídica, con motivo de la retención ilegal y uso excesivo de la fuerza que derivó en tortura y como consecuencia la privación de la vida de José Eduardo Ravelo, joven presuntamente asesinado por policías municipales de Mérida, Yucatán.

“Lo recabado por el organismo autónomo es imputable a autoridades de Yucatán y del municipio de Mérida”, indica un comunicado de la CNDH.

Asimismo dicha Comisión sostuvo que considera que la Fiscalía General de la República (FGR), atendiendo a la facultad de atracción que ejerció en la investigación y persecución de los delitos, “deberá continuar con la investigación a efecto de que sea la autoridad jurisdiccional competente la que determine bajo sentencia, si fuera el caso, la pena correspondiente de los responsables”.

La FGR concluyó en octubre del 2021 que la muerte del joven veracruzano, de 23 años, detenido por policías de Yucatán, no fue por tortura ni por violación. Atribuyó el deceso a una neumonía.

El 18 de agosto de 2021 la madre del joven presentó denuncia ante la Fiscalía, por lo que se inició la carpeta de investigación por la probable comisión del delito de tortura.

En el documento la CNDH informa que la madre de la víctima también solicitó la intervención de la Comisión de Derechos Humanos del estado de Yucatán (CODHEY), lo que motivó posteriormente la radicación del expediente de queja respectivo.

El 21 de julio de ese año, elementos de la policía municipal de Mérida detuvieron a José Eduardo cuando caminaba por calles del Centro Histórico de ese Ayuntamiento, quienes lo trasladaron a las instalaciones de la comandancia de la corporación policial en cita, donde fue torturado, causándole lesiones graves que derivaron en su posterior fallecimiento.

A finales de agosto se realizó la exhumación del cadáver y la necropsia, y en octubre la FGR concluyó que Ravelo “falleció por neumonía no relacionada con algún traumatismo recibido durante su detención” y descartó que haya existido tortura o violación sexual, por parte de los elementos aprehensores de la policía municipal.

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Ante lo anterior, la CNDH emitió recomendaciones dirigidas al fiscal general de Justicia del estado de Yucatán, Juan Manuel León León, y al presidente municipal de Mérida, Renán Barrera.

Asimismo, pidió practicar todas las diligencias necesarias para determinar la probable responsabilidad penal de las personas servidoras públicas involucradas.

Del mismo modo, recomendó coadyuvar con la FGR en la integración de la carpeta de investigación iniciada con motivo de los actos de tortura cometidos en agravio del joven, a fin de que las víctimas indirectas tengan acceso pleno a la justicia.

Además, pide colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de las quejas que se formulen ante el Órgano Interno de Control en la Fiscalía General del estado de Yucatán, por las inconsistencias que se advirtieron en la necropsia que le practicó al cadáver de la víctima.

En tanto, solicitó al presidente municipal de Mérida ofrecer una disculpa pública institucional a los familiares directos de la víctima y que se otorgue a la madre del joven una reparación integral del daño mediante el pago de una compensación y/o indeminzación.

También pidió que lo afectados sean inscritos en el Registro General de Víctimas para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, de conformidad con la Ley General de Víctimas, así como de la Ley de Víctimas del estado de Yucatán.

Y, finalmente, recomendó que se dé seguimiento a la queja que se formule ante la Contraloría del Ayuntamiento de Mérida, Yucatán, en contra de del Juez Calificador, por la omisión de brindarle a la víctima la asistencia médica que requería con motivo de las lesiones que se le infligieron.

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CAB

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