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Cuidados paliativos de enfermedades terminales son incorporados a la Constitución

Es importante saber diferenciar los cuidados paliativos, como el tratamiento integral que mejora la calidad de vida de pacientes y familiares, de la eutanasia o el suicidio asistido

El Pleno del Senado aprobó por unanimidad reformar el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para incorporar los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades terminales, en situación limitante o que pongan en peligro la vida.

El dictamen enviado a la Cámara de Diputados, fue avalado con 109 votos y también establece el derecho a utilizar los medicamentos controlados para atender padecimientos que así lo ameriten.

Además, se precisa que los cuidados paliativos están reconocidos expresamente en el contexto del derecho humano a la salud, y constituyen un planteamiento para mejorar la calidad de vida de los pacientes y sus familiares.

Su objetivo no es curar la enfermedad como tal, sino de aliviar síntomas, cuando una persona afronta una enfermedad latentemente mortal. “Toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad”.

Una enfermedad terminal se manifiesta como un padecimiento avanzado, progresivo e incurable, sin respuesta a tratamiento específico, con síntomas multifactoriales y pronóstico de vida limitado. En este sentido, al no existir posibilidades de curación, los cuidados paliativos son la mejor opción.

La mayoría de las personas que necesitan cuidados paliativos presentan padecimientos crónicos como: enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades respiratorias crónicas, sida y diabetes.

La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Kenia López Rabadán, dijo que el Estado debe brindar un servicio de salud adecuado que evite el dolor a los pacientes, respetando el derecho de todas las personas a vivir sin sufrimiento. Es importante, expresó, distinguir lo que son cuidados paliativos de “eutanasia o suicidio asistido”.

Estos últimos tienen como finalidad terminar anticipadamente con la vida.

Aseguró que la reforma está apegada a lo establecido en la Organización Mundial de la Salud (OMS), que define los cuidados paliativos como el tratamiento integral que mejora la calidad de vida de pacientes y familiares que se enfrentan a los problemas asociados por enfermedades amenazantes para la vida.

En tanto, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Oscar Eduardo Ramírez Aguilar indicó que los cuidados paliativos son necesarios para garantizar a las personas el acceso a una vida libre del dolor y síntomas angustiantes.

Es necesario reconocer el derecho de los enfermos en situación terminal y optar por dichos cuidados para afrontarlas en condiciones de dignidad, procurando aliviar los síntomas y mejorar la calidad de vida de los pacientes y sus familias, puntualizó.

La senadora Patricia Mercado, de MC, destacó que esta medida es un avance importante; sin embargo, no basta con que el Congreso de permiso a los médicos para realizar ciertas acciones. Es necesario, subrayó, hacer un compromiso para avanzar en una armonización integral de los derechos, a efecto de que las personas puedan evitar el sufrimiento en los momentos cruciales de la vida y la muerte.

Por su parte, Miguel Ángel Mancera, del PRD, precisó que la reforma no tiene que ver con la eutanasia. Busca que en la etapa terminal, los pacientes tengan el menor sufrimiento posible, que el Estado garantice que se atienda con dignidad, sin importar el nivel socioeconómico, respetando los valores individuales, y se evite el daño y dolor innecesario. Se debe avanzar hasta lograr el derecho a la muerte digna, subrayó.

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