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Emergencia de sanidad en nueve estados por enfermedad en conejos

Emergencia de sanidad en nueve estados por enfermedad en conejos

Las entidades se determinarán como área en cuarentena, según lo mencionado en el Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) activó e integró el Dispositivo Nacional de Emergencia Sanitaria Animal (Dinesa) para controlar y, en su caso, erradicar la enfermedad hemorrágica que está azotando a la población de conejos de nueve estados.

De acuerdo a lo informado esa mañana en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Sader buscará establecer acciones para erradicar esta enfermedad en Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, San Luis Potosí, Sonora y Zacatecas.

En el comunicado, el organismo explicó que las entidades mencionadas se determinarán como área en cuarentena, según lo mencionado en el artículo 134 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal.

La autoridad indicó que implementación de la cuarentena tiene la finalidad de disminuir el impacto económico y social que puede causar al país la propagación de la enfermedad tipo 2 (EHVC2) y también buscará prevenir su diseminación en territorio nacional.

Concretamente, en los estados que se decretó cuarentena quedará prohibida la comercialización y movilización de conejos en pie y sus canales, pieles, vísceras, despojos y todos aquellos materiales e instrumentos empleados en la actividad cunícola.

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De conformidad con el Manual de procedimientos de cuarentena y control en la movilización, se indica que se deben detectar y eliminar inmediatamente los animales infectados.

Además, se establece que se debe controlar la movilización de animales, productos y subproductos, rastrear la fuente común de infección y evaluar el riesgo de animales sospechosos.

Para los estados en cuarentena, también se solicita identificar el posible origen de la enfermedad, detectar nuevos casos para su rápida atención, investigar posibles rutas y mecanismos de diseminación del agente.

Aparte, se solicita actualizar el censo de las unidades de producción en el área afectada junto con su inventario, obtener información que contribuya en la vigilancia epidemiológica y para la aplicación de medidas sanitarias pertinentes por parte de los Grupos Estatales de Emergencia de Sanidad Animal (GEESA).

Entre otras medidas, se pide la desinfección de los equipos e instrumentos que hayan estado en contacto con los conejos infectados. Los conejos que mueran por la epizootia, camas y otros desechos alimenticios utilizados por éstos, deberán ser incinerados o enterrados a un metro de profundidad.

Finalmente, queda establecido que cualquier persona relacionada con la producción cunícola, deberá notificar al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) o en cualquier oficina de la Secretaría, respecto a muertes de conejos de su propiedad o silvestres.

Todos los relacionados con el tema estarán obligados a cumplir este acuerdo. Dicho decreto entrará en vigor este lunes, tras su publicación en el DOF.

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CAB

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