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Fiscalía de Navarra apelará sentencia a “La Manada”, mantiene que fue violación

La Fiscalía de Navarra mantiene su consideración de que los hechos denunciados por una joven en los sanfermines de 2016 constituyen un delito de agresión sexual, de violación, y no solo de abuso sexual

La Fiscalía de Navarra ha anunciado este viernes que recurrirá el fallo de la sentencia contra los integrantes de “La Manada”, cinco hombres acusados de la violación de una joven de 18 años durante la primera noche de las fiestas de San Fermín en Pamplona (Navarra), en 2016.

Cada uno de ellos ha sido condenado por un delito de abusos sexuales a nueve años de prisión, cinco de libertad vigilada y a indemnizar a la víctima de manera solidaria con 50,000 euros. Sin embargo, han sido absueltos del delito de agresión sexual, comúnmente conocido como violación, y del delito contra la intimidad, por grabar imágenes de la joven sin su consentimiento y difundirlas.

La Fiscalía no está conforme con el fallo alcanzado por el Tribunal de Navarra, compuesto por tres magistrados, uno de los cuales emitió un voto particular en el que abogaba por la absolución de los cinco condenados. Así, el ministerio público mantiene que la calificación de los hechos probados que narra la sentencia debería ser la de agresión sexual, con una pena de prisión, que ya había pedido en sus escritos, superior a los 20 años. Por ello, recurrirá la sentencia.

Por su parte, el portavoz del Gobierno, el ministro Íñigo Méndez de Vigo, ha declarado que el ministro de Justicia, Rafael Catalá, va a valorar si la tipificación de los delitos relativos a abuso y agresión sexual está convenientemente reflejada en el ordenamiento jurídico español o si es preciso una actualización de la misma.

“La sentencia ha sido muy polémica debido a que la diferencia entre uno y otro tipo penal se encuentra en si hay o no violencia o intimidación. La narración que hace la sentencia de los hechos probados es interpretada mayoritariamente como la definición de intimidación, pero los dos magistrados que han firmado la condena los han encajado en un tipo penal menor, al entender que solo constituían “prevalecimiento”.

“La sentencia reconoce como probado que la joven fue “rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión(…) la denunciante se sintió impresionada y sin capacidad de reacción (…) experimentó la sensación de angustia (…) sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de pasividad y sometimiento (…) manteniendo la mayor parte del tiempo los ojos cerrados”, entre otras expresiones.

Tras conocerse el fallo del Tribunal de Navarra, se produjeron masivas concentraciones en numerosas ciudades de toda la geografía española.

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