Search
Close this search box.

,

GN asegura cuatro cráneos humanos en el aeropuerto de Querétaro

GN asegura cuatro cráneos humanos en el aeropuerto de Querétaro

Los cuatro cráneos humanos se encontraban dentro de un paquete con destino a Estados Unidos

La Guardia Nacional (GN) aseguró en el Aeropuerto Internacional de Querétaro cuatro cráneos humanos envueltos en plástico y papel aluminio dentro de un paquete con destino a Estados Unidos.

En un comunicado la GN indicó que el hallazgo se registró en una empresa de mensajería y paquetería cuando sus elementos efectuaban revisiones aleatorias. Esto en busca de narcóticos, armas de fuego y divisas. 

“Elementos de la Guardia Nacional eligieron diversos envíos y los sometieron a una inspección, apoyados de una máquina de rayos X, detectando en uno de ellos material orgánico anormal; por lo que procedieron a efectuar la revisión de forma manual”, indica el comunicado.

Al abrir una caja cartón descubrieron los cuatro cráneos humanos de diferentes tamaños.

De acuerdo con la corporación, los restos humanos, procedentes de Apatzingán, Michoacán, tenían como destino un domicilio en la ciudad de ManningCarolina del Sur. Así pues, los oficiales los aseguraron, ya que no contaban con la documentación que amparara su legal procedencia y transportación.

Posteriormente, se notificó al Ministerio Público Federal para iniciar la carpeta de investigación. Será la Fiscalía General de la República la encargada de continuar con las investigaciones correspondientes. 

También podría interesarte:

¿Qué autoridad aprueba en México el traslado de restos humanos?

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reglamenta la Ley General de Salud de aplicación en todo el país. Ésta dispone:

“Artículo 350 bis 1. La internación y salida de cadáveres del territorio nacional sólo podrán realizarse mediante autorización de la Secretaría de Salud o por orden de la autoridad judicial o del Ministerio Público.

“En el caso del traslado de cadáveres entre entidades federativas se requerirá dar aviso a la autoridad sanitaria competente del lugar en donde se haya expedido el certificado de defunción.”

“Artículo 350 bis 3. Para la utilización de cadáveres o parte de ellos de personas conocidas, con fines de docencia e investigación, se requiere el consentimiento del disponente.

“Tratándose de cadáveres de personas desconocidas, las instituciones educativas podrán obtenerlos del Ministerio Público o de establecimientos de prestación de servicios de atención médica o de asistencia social. Para tales efectos, las instituciones educativas deberán dar aviso a la Secretaría de Salud, en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables.”

Contendido relacionado: Decomisan 80 toneladas de pirotecnia en Monterrey, Nuevo León

CGLP

Mas Noticias