En los estados de Jalisco, Oaxaca y Edomex, las niñas y niños que tengan menos de 12 años, tendrán derecho a modificar su acta de nacimiento.
Menores de edad podrán indicar su identidad sexual en sus actas de nacimiento, luego de que este jueves el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolviera vieron sendas acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en contra de los códigos civiles y leyes del Registro Civil de esas entidades que militaban esa posibilidad.
Los ministros coincidieron en que el ejercicio de este derecho no debe depender de la edad, pues esta condición es discriminatoria.
En los resolutivos, la Corte estableció un plazo de 12 meses a los congresos de esas entidades, para que legislen sobre un procedimiento sumario para la expedición de un nuevo certificado de nacimiento, a partir de la identidad de género autopercibida del menor de edad interesado.