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Se publica en DOF la Ley Federal de Revocación de Mandato

Se publica en DOF la Ley Federal de Revocación de Mandato

Cabe destacar que la Ley Federal de Revocación de Mandato no contempla la pregunta a la que deberán responder los participantes.

La Ley Federal de Revocación de Mandato fue publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), luego de haber sido aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 7 de septiembre.

De esta manera, dicha ley entrará en vigor a partir el 15 de septiembre y permitirá a la ciudadanía determinar la conclusión anticipada en el desempeño de quien ejerza como Presidente de la República, a partir de la pérdida de confianza, mediante un ejercicio de sufragio universal, libre, secreto, directo personal e intransferible.

De acuerdo con lo establecido, el inicio del proceso sólo será a petición de los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas.

Asimismo, la revocación de mandato podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente la titularidad del Ejecutivo Federal por votación popular.

En ese sentido, en el DOF se especifica que las ciudadanas y los ciudadanos interesados en presentar la petición deberán informar al Instituto Nacional Electoral (INE) durante el primer mes posterior a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de la persona titular de la Presidencia de la República.

A ese efecto, podrán recabar firmas para la solicitud de revocación de mandato durante el mes previo a la fecha señalada anteriormente. Posteriormente, el Instituto emitirá, a partir de esta fecha, los formatos impresos y medios electrónicos para la recopilación de firmas, así como los lineamientos para las actividades relacionadas.

Dicho formato deberá ser aprobado por el Consejo General del INE y contendrá únicamente el nombre completo; la firma o huella dactilar y la clave de elector o el número de identificador de la credencial de elector. Asimismo, se incluirá un encabezado con la leyenda “Formato para la obtención de firmas ciudadanas para la revocación del mandato de la persona titular de la Presidencia de la República por pérdida de la confianza”.

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Y en caso de que las firmas se presenten en un formato diverso al aprobado por el INE, la solicitud será cancelada.

El referéndum de revocación de mandato es una de las promesas electorales del Presidente Andrés Manuel López Obrador, un ejercicio que espera se realice en marzo de 2022 y al que el mismo mandatario espera someterse.

Este proceso estará a cargo del Instituto Nacional Electoral y tiene como antecedente una consulta popular marcada por el abstencionismo.

Cabe destacar que la Ley Federal de Revocación de Mandato no contempla la pregunta a la que deberán responder los participantes.

Al aprobar los lineamientos del proceso el Instituto Nacional Electoral (INE) destacó que está programado para realizarse el domingo 27 de marzo de 2022, con un costo aproximado de 3 mil 800 millones de pesos.

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CAB

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