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Se publica en el DOF la declaratoria para el uso lúdico de la mariguana

Se publica en el DOF la declaratoria para el uso lúdico de la mariguana

Mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá limitar las autorizaciones sólo a personas adultas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cumplió el primer paso para que se pueda solicitar el consumo legal de la mariguana.

Esto, después de que publicara, en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la sentencia de la declaratoria general para el uso lúdico de la planta. Discusión que sigue atorada en el Senado.

En ésta, se establece remover el obstáculo jurídico que determinaba las limitaciones de uso de la planta, ahora, la Secretaría de Salud, a través de su órgano competente, podrá autorizar las actividades de autoconsumo con fines recreativos para “respetar el libre desarrollo de la personalidad reconocido por el artículo primero de la Constitución”, según dicta el documento.

La sentencia también establece que mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá limitar las autorizaciones sólo a personas adultas.

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Además, apunta que será la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) la que establezca los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla, permiso que sólo se refiere a la planta de mariguana y no autoriza, de ninguna forma importar, comercializar y suministrar el cannabis de forma lúdica, por lo que sólo se podrá producir la planta para autoconsumo.

En dicha declaratoria, la SCJN explica que solicitó al Poder Legislativo la modificación de las leyes necesarias para despenalizar el uso lúdico de la planta, pero esto aún no ocurre. Por ello, exhortó al Congreso de la Unión legislar sobre el “derecho al autoconsumo recreativo” del cannabis.

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CAB

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