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Se publica en el DOF la Ley Orgánica de la Armada de México

Se publica en el DOF la Ley Orgánica de la Armada de México

La nueva ley comprende las atribuciones de este organismo, así como los requisitos que se necesitan para formar parte de ella

Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador por el que se expide la Ley Orgánica de la Armada de México.

La disposición amplía las facultades de esa institución en las zonas marinas, costeras y recintos portuarios, y le da certeza jurídica en su actuación en materia de seguridad.

El ordenamiento legal prevé que los miembros de la Armada de México a quienes se comprueben vínculos con grupos del narcotráfico serán sancionados por el delito de traición a la patria, ya sea en tribunales militares o civiles.

La nueva ley contiene como novedad la creación de una unidad de Policía Naval, que reforzará la participación de las Fuerzas Armadas en apoyo de la Guardia Nacional, para “coadyuvar con las instituciones de seguridad pública en los tres niveles de gobierno”.

Esta unidad asumirá el control administrativo del personal naval comisionado en la Guardia Nacional y el jefe de la unidad tendrá categoría de almirante.

La Ley Orgánica de la Armada de México fue aprobada por el Congreso de la Unión el pasado 9 de septiembre.

  • Concretamente, Llas nuevas atribuciones de esta institución serán:
  • Organizar, alistar y equipar al personal naval.
  • Cooperar en el mantenimiento del orden constitucional del Estado Mexicano.
  • Realizar acciones para salvaguardar la soberanía y la integridad del territorio mexicano. Conducir y proteger el control naval del tráfico marítimo.
  • Ejercer funciones de guardia costera para mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas.

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Además, tendrá que apoyar la Secretaría de Marina como autoridad marítima nacional en las acciones de control de tráfico marino, salvaguardar la vida humana en el océano mediante operaciones de búsqueda y rescate, proteger los recursos marítimos, entre otras acciones.

El documento también establece las facultades que le corresponden a cada uno de los altos mandos de la Armada, la cual podrá contar con otras unidades operativas con preparación y adiestramiento especializado para realizar operaciones específicas para el cumplimiento de la misión.

Entre los requisitos para ser de la Armada están:

  • Ser mexicano de nacimiento.
  • No contar con otra nacionalidad.
  • Estar en goce de pleno ejercicio de derechos civiles y políticos.
  • No contar con antecedentes penales, entre otros.

El personal podrá ser cambiado cuando haya una recomendación del consejo técnico, entre otras. Dichas acciones serán establecidas 180 días siguientes a su publicación en el DOF.

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CAB

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