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TEPJF declara invalidez de la consulta de Revocación de mandato

TEPJF declara invalidez de la consulta de Revocación de mandato

El porcentaje de participación fue de 17.77 por ciento del listado nominal. Por lo tanto, no se alcanzó el umbral requerido.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó declarar que el proceso de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador no tiene validez porque no se logró que el 40 por ciento del electorado participara como lo exige la Constitución.

Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron este miércoles desechar las impugnaciones en contra de la consulta de revocación de mandato, esto debido a que el ejercicio no alcanzó la votación requerida, por lo que legalmente no es vinculante.

No ha lugar a emitir la declaratoria de validez del proceso de Revocación de Mandato del titular del Poder Ejecutivo federal electo para el periodo constitucional 2018-2024 al n haberse alcanzado el porcentaje mínimo de participación exigido por la Constitución”, apuntó el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón.

Después de que ayer el dictamen eliminó 21 páginas en las que exhibían la falta de integridad electoral, esta mañana fueron incluidas en la sentencia donde se desechaban las quejas de todos los partidos políticos, lo que no fue bien visto por las magistraturas que desde ayer pidieron no incluirlo.

Los integrantes del Tribunal aprobaron el proyecto elaborado por el magistrado presidente Reyes Rodríguez, donde se declara improcedente la solicitud de invalidar el proceso de revocación de mandato, así como las de recontar la votación recibida en diversas casillas y anular la votación recibida en otras.

La ministra Janine Otálora abordó el tema de la falta de la votación requerida para que la consulta de revocación de mandato fuera vinculante. Al respecto, sostuvo que la ciudadanía debe ser el parámetro para evaluar dicho ejercicio.

“La ausencia de la ciudadanía es un indicador que muestra las fallas de los actores políticos en el desarrollo de la consulta”, acusó la magistrada en su ponencia.

Otálora argumentó que las irregularidades durante la consulta de revocación no pueden castigarse con su impugnación.

“Lo que no significa que no tengan consecuencias jurídicas, ya que serán analizadas y, en su caso, sancionadas a través de los procedimientos sancionadores”, señaló.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña hizo un recuento de las irregularidades durante la consulta de revocación, tales como la publicación tardía de la ley, así como las modificaciones en el Congreso de la Unión para modificar el concepto de “propaganda”.

“No se puede hacer patria, sin que primero se haga justicia y para hacer justicia se necesita respetar las leyes, más allá de su imperfección, más allá de que la sanción no conste expresamente en la norma”, dijo.

En lo que sí coincidieron las magistraturas fue en que las quejas de los partidos políticos, los de oposición que exigían la nulidad del proceso, el recuento que pedía Morena y los alegatos del presidente Andrés Manuel López obrador no eran válidos.

En el caso de los partidos de oposición porque “no se puede anular algo que de origen no es válido por no lograr el umbral de votación correspondiente”.

El conteo confirma la participación de 16 millones 502 mil 636 personas, el 17.77 por ciento del total de las inscritas en la Lista Nominal de Electores.

El INE informó que, en la consulta de revocación de mandato celebrara el pasado 10 de abril, sólo un 17.77% de los integrantes de la lista nominal participó en el ejercicio electoral. En total, se emitieron 16 millones 502 mil 636 votos, los cuales no alcanzaron para que la consulta fuera vinculante.

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El ejercicio democrático no alcanzó el porcentaje de participación de, por lo menos, el 40% de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del Instituto Nacional Electoral (INE).

El porcentaje de participación fue de 17.77 por ciento del listado nominal. Por lo tanto, no se alcanzó el umbral requerido.

Con esto, se da por concluido el proceso de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, y se declara improcedente la emisión de la declaratoria de validez al no cumplirse con los requisitos constitucionales y legales para ello.

Con motivo del proceso de revocación de mandato, en el periodo comprendido del 2 de septiembre de 2021 al 13 de abril del 2022, se presentaron 326 quejas, de las cuales 177 son de órgano central, 93 de órgano local y 56 de órgano distrital.

Del total de quejas, en 190 se denunciaron conductas presuntamente indebidas cometidas por personas servidoras públicas y en 120 atribuidas a partidos políticos, de acuerdo con el documento del Tribunal Electoral.

Según lo reportado por el INE, se declaró la procedencia de diversas solicitudes de medidas cautelares en 28 casos, 18 en contra de personas servidoras públicas y, de estas, se detectaron 15 casos de incumplimiento. La Sala Superior confirmó al menos 15 de las medidas cautelares en contra de personas servidoras públicas y 6 incumplimientos.

Respecto de las quejas cuya instrucción ha finalizado, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral emitió 24 sentencias de fondo. En 6 de ellas se acreditaron infracciones consistentes en la difusión de propaganda gubernamental y el uso indebido de recursos públicos, la vulneración a las normas de difusión y a la veda del proceso de revocación de mandato, así como la indebida recolección de firmas de apoyo a la revocación de mandato; infracciones de las que han sido responsables diversos servidores públicos y la asociación civil “Que siga la democracia”.

Asimismo se pautaron un total de un millón 95 mil 938 spots en radio y televisión para promocionar la revocación de mandato.

En lo concerniente a las pautas en medios digitales, se realizaron 140 activaciones transmedia e inserciones en medios digitales, que se traducen en 14 millones 65 mil 63 impactos.

Para la difusión en medios impresos, se realizó la difusión en 41 periódicos nacionales, 270 periódicos estatales y 3 revistas con un tiraje total de 13 millones 413 mil 98 ejemplares a nivel nacional.

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CAB

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