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TEPJF ordena a la FGR entregar al INE expediente de Odebrecht

Odebrecht

Los cuatro magistrados presentes determinaron que la Fiscalía no puede argumentar el secreto ministerial para negarle la información al INE

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) proporcionar y entregar diversa información al Instituto Nacional Electoral (INE). Ella corresponde a cuatro carpetas de investigación a su cargo, por tener relación con un procedimiento de fiscalización en el caso Odebrecht.

En 2017 los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Morena presentaron diversas denuncias ante el INE. En ellas alegaron una probable aportación de ente prohibido a favor de la campaña del entonces candidato a presidente de la RepúblicaEnrique Peña Nieto.

Los denunciados fueron los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México, el ciudadano Emilio Ricardo Lozoya Austin, así como las personas morales Odebrecht y OHL.

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En 2021 la Fiscalía niega la información con base en el argumento del carácter reservado

En abril de 2021, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE solicitó a la FGR información y copias respecto de diversas carpetas de investigación relacionadas con el tema denunciado.

La Fiscalía le negó la información y documentación requerida. Esto bajo el argumento del carácter reservado de esas carpetas, ya que estimó que se encuentra obligada a salvaguardar el sigilo de las investigaciones.

En contra de esa determinación, el Secretario Ejecutivo del INE presentó un juicio electoral ante la Sala Superior.

A propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, en sesión pública por videoconferencia, el Pleno declaró fundada la pretensión del INE pues, como se ha sostenido en ocasiones anteriores, el secreto ministerial no es oponible a la facultad de fiscalización del INE.

La determinación anterior se basó, esencialmente, en que el Ministerio Público debe tener en cuenta que las autoridades federales, como lo es la FGR, deben colaborar con las autoridades electorales, en esta ocasión con el INE, en el ejercicio de sus facultades constitucionales, como lo es la de fiscalización. Esto aplica tanto en la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales como en el Código Nacional Procesal Penal.

Además, en la sentencia se señala que, el hecho de que la FGR otorgara información, no implica que la misma deje de ser reservada o confidencial. Esto debido a que el INE tiene el deber de mantenerla protegida y de utilizarla exclusivamente para los fines estrictamente necesarios.

Por tanto, el Pleno vinculó a la FGR para que le entregara al INE la documentación y la información solicitada. De esta manera, ese Instituto Electoral puede cumplir con sus facultades constitucionales de fiscalización

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CGLP

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