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INAI ordena a UIF revelar denuncias penales presentadas contra expresidentes

INAI ordena a UIF revelar denuncias penales presentadas contra expresidentes

Se alegó que al tratarse de figuras publicas que han tenido el mando del país, estos datos deben ser de conocimiento para la sociedad

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) revelar cuántas denuncias contra los ex presidentes de México, desde Carlos Salinas de Gortari hasta el actual presidente, Andrés Manuel López Obrador, entre 2005 y agosto de 2021.

Así como ante la Procuraduría General de la República (PGR) y Fiscalía General de la República (FGR) por posibles delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo o corrupción, entre otros.

En sesión pública, el organismo respaldó la propuesta de resolución del comisionado Francisco Javier Acuña, quien expuso el caso ante el pleno del INAI, luego de que un ciudadano se inconformó con la respuesta que originalmente dio la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de la que depende la UIF, la cual negó la información al considerar que se trata de datos confidenciales.

Acuña argumentó que, al tratarse de quienes han ejercido la máxima responsabilidad pública, política y administrativa del país, que es la jefatura del Estado y del gobierno federal, cabe hacer un matiz y hacer excepciones a los parámetros de la confidencialidad y la privacidad.

En su solicitud inicial, el ciudadano requirió a la UIF el número de denuncias que ha presentado ante la autoridad ministerial por delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, así como, corrupción y los delitos del artículo 139 del Código Penal Federal, o que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del mismo Código, en contra de Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón, Enrique Peña Nieto y Andrés Manuel López Obrador, registradas entre el año 2005 y el dato más actualizado que se tenga al 30 de agosto de 2021.

Además, pidió que se especificara esa información desglosada por nombre y mes en el que se presentó la denuncia y la delegación de la Fiscalía que recibió la denuncia.

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Asimismo, requirió que la UIF le informara el número de averiguaciones previas y carpetas de investigación abiertas por las denuncias por nombre de cada uno de los mencionados y el número de averiguaciones previas y carpetas de investigación cerradas en el mismo periodo, desglosado por cada uno de los mencionados, precisando la razón del cierre de la averiguación previa o carpeta de investigación.

En su respuesta, la SHCP alegó que esa información era confidencial y que, por lo tanto, estaba impedida para atender la solicitud y sobre todo, admitir procedimiento alguno sobre la existencia de estos procesos abiertos de investigación.

Al exponer el caso ante el pleno, el comisionado Acuña consideró que por tratarse de personajes de alto nivel político, debe revelarse esa información.

“En el caso de ex funcionarios o funcionarios de altísimo nivel, cabe una excepción a la regla de la confidencialidad porque se antepone el bien principal, que es el de la rendición de cuentas, y se trata de situaciones que, de ser ciertas y estar evidentemente comprobadas, sí tendrían que ser reveladas en las modalidades que ya dijimos: cuidando los puntos que se pudieran exponer y para esto se debe hacer y se hace una prueba de interés público que determina que en estos casos es viable hacerlo”, dijo

De este modo, Acuña propuso modificar la respuesta de la SHCP para que proporcione el número de denuncias que la UIF ha presentado ante la FGR, antes PGR, entre 2005 y agosto de 2021, por delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo, así como corrupción, entre otros delitos, en caso de que hubiese en contra de los expresidentes y el actual presidente de México.

La resolución fue aprobada por el pleno del INAI y en ella también se le ordena a la SHCP que asuma competencia e informe los datos del seguimiento que se le han dado a esas denuncias.

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CAB

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