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Se cita a Cámara de Diputados como parte ofendida en audiencia de Anaya

La notificación llegó bajo apercibimiento que, de no acudir, los representantes jurídicos del órgano legislativo serían sancionados hasta con cien Unidades de Medida y Actualización, es decir, 8 mil 962 pesos.

La Fiscalía General de la República (FGR) citó a la Cámara de Diputados a comparecer como parte ofendida en la audiencia en que se pretende imputar al panista Ricardo Anaya por recibir un presunto soborno de 6 millones 800 mil pesos para aprobar la reforma energética de Enrique Peña Nieto.

Así lo confirmó la presidenta de la Mesa Directiva en el Palacio de San Lázaro, Dulce María Sauri, y reveló que el citatorio llegó bajo apercibimiento que, de no acudir, los representantes jurídicos del órgano legislativo serían sancionados hasta con cien Unidades de Medida y Actualización, es decir, 8 mil 962 pesos.

La legisladora priista subrayó que el director de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados acudió este jueves a la audiencia, aunque ésta fue diferida al 4 de octubre porque la defensa de Anaya acreditó que no ha tenido acceso al expediente y desconoce la naturaleza de los cargos que imputan.

Por ello, la representación legal de la Cámara de Diputados se presentará nuevamente el 4 de octubre para, una vez conocido el expediente, saber cuál va a ser su participación en el proceso. Sauri señaló que la Cámara de Diputados ignora hasta el momento la razón por la cual la FGR la citó como víctima.

“Precisamente lo que queremos ver en el expediente es por qué somos parte ofendida, ¿no? En el momento nada más puedo especular, porque inclusive no sé exactamente, creo que ustedes tampoco, ni Ricardo Anaya, exactamente qué le imputan y, sobre todo, sobre qué elementos se sostiene esa imputación”, dijo.

Calificó además de inconstitucional el hecho de que la FGR presente como prueba de la culpabilidad de Anaya su voto a favor de la reforma constitucional en materia energética en diciembre de 2013.

“A mí me parece que viola completa y absolutamente esa presunción, el artículo 61 constitucional, así como dice el artículo 61 que ningún legislador, ninguna legisladora puede ser reconvenido por sus opiniones, menos por el sentido de su voto”, puntualizó.

—¿No se puede culpar a nadie por cómo vota?—se le insistió.

—Pues en sentido estricto y constitucional, definitivamente no, porque estaríamos violando la Constitución si hubiese la presunción de votar en un sentido o en otro- respondió.

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