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Suprema Corte reinicia discusión sobre prisión preventiva oficiosa

Suprema Corte reinicia discusión sobre prisión preventiva oficiosa

Se reanuda en la Suprema Corte de Justicia de la Nación la discusión del nuevo proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales sobre la prisión preventiva oficiosa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará este martes una nueva discusión para buscar eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa.

En la sesión de este mediodía, el ministro Luis María Aguilar Morales presentará al pleno máximo tribunal del país el nuevo proyecto que elaboró su ponencia en el que propone que el juez no aplique en automático esta medida cautelar, sino que analice cada caso y determine si procede imponerla.

En su primer proyecto, el ministro Aguilar Morales planteó, entre otros puntos, no aplicar el artículo 19 constitucional referente a la prisión preventiva de oficio, lo cual generó división entre los ministros y lo que derivó en que decidiera retirar esa propuesta y elaborar una nueva. Suprema Corte.

Ahora, la ponencia que encabeza el ministro Luis María Aguilar propone a sus compañeros del pleno de la SCJN hacer una “interpretación conforme en sentido amplio” de la Constitución federal, anteponer el principio pro persona y de presunción de inocencia, y que esta medida cautelar no sea considerada automática.

“Si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática se rompería con la presunción de inocencia, con el debido proceso legal, con la obligación de los jueces penales de justificar fundada y motivadamente sus resoluciones (especialmente las que ordenan la imposición de medidas cautelares tan severas como la prisión preventiva), se rompería, incluso, con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio y con la necesidad de someter a control judicial previo este tipo de medidas.

El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público la hubiera solicitado”, expone el proyecto.

En este asunto también se propone invalidar la inclusión de contrabando y defraudación fiscal, así como el de expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados en el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa, pese a que el 19 de la Constitución no los menciona.

Para el ministro Aguilar Morales, los “ilícitos fiscales no constituyen un atentado grave contra la seguridad de la Nación”.

Antes de concluir su argumentación se aclara que este nuevo proyecto de sentencia no implica la desaparición de la prisión preventiva ni la liberación inmediata de las personas que actualmente están bajo esta medida cautelar, pues la declaratoria de invalidez que propone no tendría efectos retroactivos automáticos.

https://www.youtube.com/watch?v=veiqVKpcwlk&feature=emb_logo

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CAB

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